La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia conoció el caso de una mujer homosexual a quien, en segunda instancia, le fue negada la pensión de sobrevivientes, pues el juzgador encontró como no probada la convivencia, por existir una declaración extrajudicial de la causante en la que negaba la relación sentimental.

El tribunal determinó que dicha prueba era más contundente que los testimonios y documentos en los que incluso la madre de la pensionada reconocía la existencia de la relación, sin explicar las razones. (Lea: Conozca el alcance de la pensión de sobrevivientes otorgada a relación poliamorosa).

Las interpretaciones de la Sala Laboral

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En sede de casación, la Corte realizó las siguientes precisiones respecto a la acreditación de coexistencia para acceder a la pensión de sobrevivientes:

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