Bogotá, D. C., 9 de abril de 2019. Ante la urgencia de aplicar el derecho a impugnar la primera condena emitida en segunda instancia por los tribunales superiores, la Corte Suprema de Justicia fijó reglas transitorias para tramitar las impugnaciones especiales que permitan cumplir esta garantía constitucional.

Mientras el Congreso de la República aprueba la ley que consagre el respectivo procedimiento, la Sala de Casación Penal adoptó las siguientes medidas provisionales orientadas a garantizar la plena aplicación del principio de la doble conformidad, en los eventos en que los tribunales superiores –como jueces penales de segunda instancia– revoquen absoluciones y dicten sentencias condenatorias contra las personas procesadas:

“… [D]entro del marco procesal de la casación, resguardará así esa garantía:  

(i) Se mantiene incólume el derecho de las partes e intervinientes a interponer el recurso extraordinario de casación, en los términos y con los presupuestos establecidos en la ley y desarrollados por la jurisprudencia. 

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VER TEXTO COMPLETO (Comunicado 05/19 Sala Penal)

VER AUTO AP1263-2019

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