EXCEPCIÓN DE INVALIDEZ E INEXISTENCIA DEL TÍTULO VALOR- No se configura por cuanto se probo que la letra de cambio fue suscrito por el demandado y entregado al demandante con la finalidad de hacerlo negociable / EXCEPCIÓN DE INVALIDEZ E INEXISTENCIA DEL TÍTULO VALOR- No se configura por la sola circunstancia de que la firma del demandante no se encuentre en el recuadro del girador, pues es suficiente que se encuentre consignada en el título.

TITULOS VALORES CON ESPACION EN BLANCO – Conforme a la presunción de autenticidad de las firmas impuestas en el título valor, le correspondía al extremo demandado desvirtuarla, demostrando, en cuanto a su contenido, que los instrumentos se otorgaron con espacios en blanco y evidenciar que se llenó de manera distinta al pacto convenido con el tenedor del título.

AUTONOMÍA DE LOS TÍTULOS VALORES – Por virtud de los principios de literalidad e incorporación, el título valor es independiente del negocio subyacente que le dio origen.

PAGO DEL TITULO VALOR – Cuando se descarga totalmente la obligación, el título valor debe ser entregado a quien lo pague, si éste todavía se encuentra en poder de un tenedor legítimo distinto al deudor, es porque dicho pago no se ha producido.

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