El Gobierno acaba de promulgar la reforma que modifica los artículos 186, 234 y 235 de la Constitución Política e implementa el derecho a la doble instancia y a impugnar la primera sentencia condenatoria contra aforados constitucionales. Para esto se crean subsalas en la Corte Suprema de Justicia.

¿Qué contempla la reforma?

Habrá una subsala de instrucción, conformada por seis magistrados, y una de primera instancia, conformada por tres magistrados, en la Sala Penal del alto tribunal; estos togados podrán conocer de los procesos penales, pero no tendrán competencia sobre asuntos administrativos ni electorales de la Corte, ni harán parte de la Sala Plena. 

Competencias y organización de las salas

A la primera le corresponde la investigación y acusación, mientras que la segunda será la encargada de adoptar la decisión de fondo, apelable ante la Sala de Casación Penal.

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Los miembros de estas salas deberán cumplir los requisitos para ser magistrados de la Corte Suprema y se les aplicará el mismo régimen para su elección y periodo.

Así, la Sala Especial de Primera Instancia, previa acusación de la Fiscalía General, se encargará de juzgar a: Vicepresidente de la República; ministros del despacho; Procurador General; al Defensor del Pueblo; agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante los tribunales; directores de los departamentos administrativos; al Contralor General; embajadores y jefes de misión diplomática o consular; gobernadores; magistrados de tribunales y generales y almirantes de la fuerza pública por los hechos punibles que se les imputen.

Congreso de la República, Acto Legislativo 01, 18/01/18

(Extractado de Ámbito Jurídico-Legis)

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