PENSIÓN CONVENCIONAL /ACUERDOS EXTRA CONVENCIONALES- Validez / VALIDEZ DE ACUERDOS EXTRA CONVENCIONALES – Jurisprudencialmente se ha establecido que son validas las actas extra convencionales que tienen como finalidad aclarar las cláusulas oscuras o confusas de una convención colectiva.
ACTAS EXTRACONVENCIONALES- Las que tienen como finalidad aclarar las cláusulas oscuras o confusas de una convención no tienen la virtualidad de modificar la convención colectiva de trabajo
ACUERDO DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2003 CELEBRADO ENTRE SINTRAELECOL Y ELECTROCOSTA – Es totalmente válido, en tanto fue suscrito por las partes legalmente legitimadas para ello, de suerte que el artículo 51 de dicho acuerdo es de obligatorio cumplimiento.
AUTONOMÍA JUDICIAL- Su aplicación debe estar armonizada con valores como la jerarquización del sistema judicial y principios como la seguridad jurídica la confianza legítima de los asociados y particularmente la igualdad.
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PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL- Diferencias entre precedente horizontal y vertical / PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL- Cuando el funcionario judicial decida apartarse del precedente en ejercicio de la autonomía judicial constitucionalmente garantizada, debe sustentar de manera suficiente su desacuerdo frente al precedente aplicable.
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