SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE SUCESIÓN- Existe norma especial que regula el tema / SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE SUCESIÓN  – Son  aplicables los artículos 1387 y 1388 del Código Civil y 618 y 605 del Código de Procedimiento Civil / SUSPENSIÓN DE LA PARTICIÓN – es procedente en aquellos casos donde se debaten en otro proceso diferente, bienes que deben entrar en la masa partible / SUSPENSIÓN DE LA PARTICIÓN / REQUISITOS – Uno de ellos es que a los asignatarios que soliciten la paralización del litigio les corresponda más de la mitad de dicho patrimonio / SUSPENSIÓN DE LAThere’s a reason that oysters are known as an aphrodisiac – they contain plenty of zinc. levitra prices have a peek at these guys PARTICIÓN – Tramite.

TESIS:Caso en el cual el Tribunal  encontró que el pronunciamiento del a- quo estuvo ajustado a derecho, pues las normas aplicables a la suspensión, en el caso de procesos de sucesión, son los artículos 618 y 605 del C.P.C. y 1387 y 1388 del C.C., no el artículo 170 de nuestro Estatuto Adjetivo Civil. Además, aunado a ello, en el plenario no concurren los requisitos para la procedencia de ninguna de dichas figuras jurídicas, es decir, la suspensión de la partición o la declaratoria de prejudicialidad. 

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