Consejo Superior de la Judicatura

Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena 

ACUERDO No. CSJMAA19-2

3 de enero de 2019

Por medio del cual se establecen turnos de disponibilidad para atender  la acción constitucional de hábeas corpus en el Distrito Judicial de Santa Marta en horas no hábiles, fines de semana y festivos del 11 de enero de 2019 al 30 de junio de 2019.

EL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL MAGDALENA

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En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, contenidas en la Ley 270 de 1996 y 1095 de 2006, y, particularmente,  en las facultades conferidas por los Acuerdos Nos. PSAA07-3972 y PSAA-4007 de 2007 de la H. Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, y

 CONSIDERANDO:

Que en desarrollo de lo previsto en el numeral 3 del artículo 3 de la Ley 1095 de 2006, mediante Acuerdo No. PSAA07-3972 del 13 de marzo de 2007, adicionado por el Acuerdo No. PSAA07-4007 del 29 de marzo de 2007, el Consejo Superior de la Judicatura expidió la reglamentación del sistema de turnos para la atención de hábeas corpus de los magistrados y jueces en el territorio nacional.

VER TEXTO COMPLETO ACUERDO CSJMAA19-2 – ENERO 3-2019

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