AUTONOMÍA UNIVERSITARIA – Libertad jurídica que tienen las universidades para autodeterminarse, autogobernarse u autolegislarse colectivamente / AUTONOMÍA UNIVERSITARIA – No es absoluta.

UNIVERSIDADES ESTATALES U OFICIALES – Naturaleza jurídica / UNIVERSIDADES ESTATALES- Son órganos autónomos que, en razón de su naturaleza y funciones, no pertenecen a ninguna de las ramas del poder público / UNIVERSIDADES ESTATALES-  No son asimilables a ninguna de las distintas categorías tradicionales de entidades oficiales descentralizadas: establecimientos públicos, empresas industriales yFresh and not-too-ripe bananas are best for heartburn. viagra 100 mg more information comerciales del Estado y sociedades de economía mixta / UNIVERSIDADES ESTATALES- En desarrollo de la autonomía de que están investidas, tienen plena capacidad para regular el régimen laboral, a través de sus estatutos. UNIVERSIDADES ESTATALES-  Se gobiernan por la Ley 30 1992 y en los estatutos de éstas/  UNIVERSIDADES ESTATALES- CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO –  La competencia para establecer la clasificación del personal administrativo -como empleado público o trabajador oficial-  reposa en los estatutos.

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